DecretoVigente
Decreto 1027 de 1960
Por el cual se aprueba el Decreto número 477-bis, de 1960 (marzo 30), de la Intendencia Nacional del Meta, sobre expedición y liquidación del presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal comprendida del 1° de abril al 31 de diciembre de 1960
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01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
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11Del Decreto 2451 De 1943; B) Que Según La Ley 118 De 1959, El Próximo 1° De Julio Comenzará A Funcionar Oficialmente Y Para Todos Los Efectos Administrativos, El Nuevo Departamento Del Meta, Cuya Vigencia Fiscal, Como Tál, Termina El 31 De Diciembre, Y C) Que, En Consecuencia, Es Necesario Expedir El Presupuesto De Rentas Y Gastos Para La Intendencia Y Nuevo Departamento, Para El Tiempo Comprendido Entre El 1° De Abril Y El 31 De Diciembre De 1960, Mientras Entra En Funciones La Respectiva Asamblea Departamental Y Provee Sobre Lo De Su Competencia, Decreta: Primera Parte3207)1Para Dietas, Viáticos Y Gastos De Representación De Los Diputados $ 574Artículo 45Artículo 56Artículo 67Artículo 78Artículo 89Artículo 910Artículo 1011Artículo 1112Artículo 1213Artículo 1314Artículo 1415Artículo 1516Artículo 1617Artículo 1718Artículo 1819Artículo 1920Artículo 2021Artículo 2122Artículo 2223Artículo 2324Artículo 24