DecretoDerogado
Decreto 10 de 1996
por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, Entes Universitarios Autónomos, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, Empresas Sociales del Estado del orden nacional y se dictan otras disposiciones.
21artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12O3Artículo 34Artículo 45Artículo 56O Del Presente Decreto: Los Rectores, Vicerrectores Y Secretarios Generales De Los Entes Universitarios Autónomos E Instituciones Universitarias: Los Gerentes O Directores Generales, Los Subdirectores Generales Y Secretarios Generales De Las Corporaciones Autónomas Regionales Y De Desarrollo Sostenible Y De Las Empresas Sociales Del Estado Y Los Secretarios Generales De Los Establecimientos Públicos Percibirán Prima Técnica, En Los Términos Y Condiciones A Que Se Refiere El Decreto 1624 De 19917Artículo 78Del Decreto 1042 De 1978, Siempre Que Hubiere Prestado Sus Servicios Al Organismo Por Un Término Mínimo De Seis (6) Meses9Artículo 910Artículo 1011Artículo 1112Artículo 1213Artículo 1314Artículo 1415Artículo 1516Artículo 1617Artículo 1718Artículo 1819De La Ley 4a20Artículo 2021Decreto 1042 De 1978 Deroga Artículo 60 Decreto 1042 De 1978 Publíquese Y Cúmplase
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Ernesto Samper PizanoPresidente de la República
- Santiago Herrera AguileraEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado
- Eduardo González MontoyaEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública