T-781 de 2006
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Luis Alberto Zapata Bedoya En Representacion De Su Señora Madre Vs. Caprecom
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Suministro de prótesis
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud en conexidad con la vida de afiliada beneficiaria del regimen subsidiado a quien le fue amputada una pierna por encima de la rodilla y su medico le formulo aparato ortopedico protesis exomodular con pie nacional suspension de correa y/o valvula de miembro inferior derecho sobre rodilla que la entidad se niega a autorizar por tratarse de un elemento no incluido en el pos.
Solicita se ordene autorizar el suministro de la protesis ordenada por el medico tratante.
Procedencia de la accion de tutela.
La prestacion de los servicios de salud se funda entre otros en el principio de solidaridad habida cuenta que los servicios que un afiliado requiere no son cubiertos con sus propios aportes sino con los recursos de todo el sistema.
La conducta asumida por la entidad vulnera en forma deplorable los derechos a la salud la vida y la dignidad humana de la señora.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCASE la sentencia proferida el dia 8 de marzo de 2006, por el Juzgado Promiscuo de Familia de Santa Fe de Antioquia, dentro de la accion de tutela instaurada por el senor Luis Alberto Zapata Bedoya en representacion de Orfelina de Jesus Bedoya Zapata, con la coadyuvancia del senor Personero Municipal de San Jeronimo Antioquia. En consecuencia, CONCEDASE la proteccion de los derechos invocados.
- Segundo. ORDENASE a la entidad Caprecom EPS Regimen Subsidiado, regional Antioquia,, a traves de su representante legal o de quien haga sus veces, que en el termino de cuarenta y ocho horas (48), contadas a partir de la notificacion de esta providencia, proceda a adelantar los tramites para que autorice y suministre el cambio de protesis exomodular con pie nacional, suspension de correa y/o valvula de miembro inferior derecho sobre rodilla, ordenado por el fisiatra tratante. En todo caso, la protesis debe ser suministrada y adaptada a la paciente en un termino no mayor a 30 dias corridos.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.