Micelio
Sentencia de Tutela12 de junio de 2000

T-682 de 2000

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Marco Fidel Medina Villamil Y Otra

Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital Y Trabajo. Mora En El Pago De Salarios Y De Aportes En Salud. Concedida Parcialmente.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Derecho A La Subsistencia
  • Retribución salarial
Empleador
  • Falta de presupuesto o insolvencia para pago oportuno de salarios no es razón suficiente
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR el fallo proferido el 24 de noviembre de 1999, por el Juzgado
  2. Segundo. Promiscuo Municipal de Villa del Rosario (Norte de Santander) en el expediente T-281357, por las consideraciones aquí expuestas.
  3. Segundo. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado Sesenta y Seis Penal Municipal Bogotá del 3 de diciembre de 1999 en el expediente T-280810. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales al trabajo y al mínimo vital del señor Marco Fidel Medina Villamil.
  4. Tercero. ORDENAR a la Promotora de Vacaciones y Recreación Social PROSOCIAL, para dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente sentencia, cancele la totalidad de los salarios adeudados al demandante.
  5. Cuarto. Igualmente PROSOCIAL, deberá asumir de manera directa la prestación de los servicios médicos requeridos por el demandante Marco Fidel Medina Villamil y sus beneficiarios, hasta tanto se ponga al día en el pago de los aportes al I.S.S.
  6. Quinto. COMPULSAR copias de la presente decisión a la Fiscalía General de la Nación para lo de su competencia.
  7. Sexto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.