T-663 de 2006
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Claudia Fabiola Agudelo Beltran Vs. Caja De Sueldos De Retiro De La Policia Nacional
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Concepto para que opere como causal de extinción de pensión
- Restablecimiento del pago de sustitución pensional suspendida
- Suspensión pago de sustitución pensional requiere consentimiento expreso del titular
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso de beneficiaria de cuota de sustitucion pensional que padece invalidez absoluta y permamente a quien le fueron suspendidos los servicios medico asistenciales y el pago de la cuota de asignacion mensual de retiro que venia devengando aduciendo la entidad la operancia de una de las causales de extincion de la pension por haberse afiliado al seguro social.
Solicita se ordene el restablecimiento del pago de la asignacion de sustitucion mensual de retiro que venia recibiendo y se restablezca la atencion en los servicios medico asistenciales que requiere.
Procedencia de la accion de tutela.
La actora posee una disminucion fisica de tal magnitud que la pension sustitutiva se convierte en su unico medio de subsistencia.
La suspension unilateral del pago de la pension.
La caja de sueldos de retiro de la policia nacional no puede desconocerle a la actora su derecho a seguir gozando de su pension sustitutiva sin notificarle tal decision y obtener su consentimiento expreso.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos ordenada en el presente proceso.
- SEGUNDO. REVOCAR el fallo proferido el 16 de diciembre de 2005 por el Juzgado
- Decimo. de Familia de Bogota, dentro de la accion de tutela instaurada por la senora Claudia Fabiola Agudelo Beltran contra la Caja de Sueldos de Retiro de la Policia Nacional para en su lugar tutelar el derecho al debido proceso de la accionante por las razones expuestas en esta providencia.
- TERCERO. ORDENAR a la Caja de Sueldos de Retiro de la Policia Nacional que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, contado a partir de la notificacion de este fallo, incluya nuevamente a la tutelante en la nomina de pago de pensiones, y se restablezca el pago de la sustitucion de la asignacion mensual de retiro que venia percibiendo y la atencion medica que de tal derecho se deriva, asi como las mesadas que se dejaron de cancelar.
- CUARTO. LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.