Micelio
Sentencia de Tutela22 de junio de 2001

T-660 de 2001

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Sara Esther Zapata Revolledo Y Otra Vs. Zona Bananera Magdalena

Tema · dato duro
Derecho A La Vida Trabajo Minimo Vital Y Salud. Procedencia Excepcional Para Pago De Salarios. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de salarios
Derecho Al Minimo Vital Del Trabajador
  • Pago oportuno de salarios
  • Presunción de afectación por ausencia prolongada en pago de salarios
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos del 13 de octubre (expediente T-427911) y 4 de octubre (expediente T-427912) ambos del ano 2000, proferidos por la Sala Penal del Tribunal Superior de Santa marta. En su lugar se tutelara el derecho al trabajo y al minimo vital de las senoras Sara Esther Zapata Revolleno y Adalgiza Quintero Ruiz.
  2. Segundo. ORDENAR al Municipio de Zona Bananera, que en el plazo maximo de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificacion de la presente providencia, si aun no lo hubiere hecho, proceda a cancelar los salarios adeudados a las demandantes.
  3. Si no dispusiere de la partida presupuestal para cumplir la orden aqui impartida, dispondra del termino ya indicado para adelantar los tramites pertinentes para la consecucion de los recursos necesarios a fin de realizar el pago senalado, sin que dichas gestiones superen el termino de tres (3) meses.
  4. Tercero. PREVENIR al ente demandado para que en el futuro evite incurrir en las omisiones que generaron la instauracion de la presente accion de tutela.
  5. Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.