Micelio
Sentencia de Tutela29 de mayo de 2000

T-615 de 2000

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Martha Adiela Diaz Garcia Y Otra

Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital Y Trabajo. Mora En El Pago De Salarios. Hospital De Caldas. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Remuneracion Minima Vital Y Movil
  • No debe limitarse protección a retribución mínima del trabajo
Accion De Tutela Transitoria Para Reclamo De Salarios
  • Prueba requerida de que existe perjuicio irremediable
Derecho Al Pago Oportuno Del Salario
  • Determinación de cantidades debidas y órdenes del juez
Salario
  • Sumas que deben integrarse para efectos del significado y pago oportuno
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR las sentencias objeto de revision y en su lugar ORDENAR que el Gerente del Hospital de Caldas E.S.S., si es que no lo han hecho, pague a LUZ MIRIAM GIRALDO OLARTE y MARTHA ADIELA DIAZ GARCIA los salarios y primas pendientes e indicadas en la solicitud de tutela, todo ello en el termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion del presente fallo si hubiese partida presupuestal; en caso contrario se ordena al citado Gerente iniciar dentro del mismo termino las diligencias necesarias para efectuar el pago ordenado para lo cual dispondra del plazo de un mes. Y, PREVENIR para que en adelante no se vuelva a incurrir en dilaciones que demoren el pago de salarios de los accionantes.
  2. SEGUNDO. Por Secretaria librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.