Micelio
Sentencia de Tutela29 de agosto de 2013

T-585 de 2013

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Luz Nelda Barrera Muñoz·Demandado Bbva

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Personalidad Juridica Y Al Minimo Vital
  • Orden a entidad bancaria realice apertura de cuenta de ahorros de la accionante
Derecho A La Personalidad Juridica
  • Orden a Juzgado enviar copia de auto a la Registraduría para que sea cancelada la anotación sobre pérdida de derechos civiles y políticos
Autonomia De La Voluntad Privada
  • Alcance respecto a la actividad financiera
Derecho Al Reconocimiento De La Personalidad Juridica
  • Vulneración por entidad bancaria al negarse a apertura de cuenta de ahorros quien presenta anotación en la CIFIN como “pérdida de derechos políticos”
7 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Personalidad jurídica, mínimo vital.

La accionante aduce que BBVA vulneró sus derechos fundamentales al abstenerse de realizar la apertura de una cuenta de ahorros para recibir el salario que percibe como vendedora de la empresa Yanbal .S.A, bajo el argumento de aparecer bloqueda en la Central de Información Financiera CIFIN S.A.; con la anotación “pérdida de derechos políticos”.

El banco accionado adujo que, acorde con el principio de autonomía de la voluntad, tenía plena potestad para autorregularse en materia de negocios y obligaciones, con la libertad de escoger con quién contratar en sus transacciones particulares.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

La autonomía de la voluntad privada en el sector financiero. 2º.

Los derechos fundamentales de los usuarios o clientes del sistema financiero y, 3º.

La inhabilitación en el ejercicio de derechos y funciones públicas para personas condenadas en un proceso penal.

La Sala concluye que, las entidades financieras pueden negar el acceso al sistema cuando se presenten causales objetivas y razonables que justifiquen dicha decisión, situación que no se mostró en el caso objeto de estudio.

Se TUTELAN los derechos invocados y se ordena al banco accionado realizar la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de la actora.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido en marzo 11 de 2013 por el Juzgado
  2. Cuarto. Penal Municipal de Florencia, que nego el amparo pedido por la senora Luz Nelda Barrera Munoz, identificada con cedula de ciudadania 41"118.283. En su lugar, se dispone TUTELAR sus derechos fundamentales a la personalidad juridica y al minimo vital.
  3. Segundo. ORDENAR al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Colombia, BBVA, por conducto de su representante legal o quien haga sus veces en la sucursal Florencia, que en el termino de dos (2) dias habiles contados a partir de la notificacion de la presente providencia, si aun no lo ha efectuado, entre en contacto con la senora Luz Nelda Barrera Munoz y, si ella aun esta interesada, realice la apertura de una cuenta de ahorros a su nombre.
  4. Tercero. ADVERTIR al Juzgado
  5. Segundo. de Descongestion de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Florencia, que debe oficiosamente enviar copia del auto interlocutorio 1609 de agosto 14 de 2009, a la Registraduria Nacional del Estado Civil, a efecto de que sea cancelada la respectiva anotacion sobre la cedula de ciudadania 41"118.283, a nombre de Luz Nelda Barrera Munoz, sobre la superada suspension de los derechos civiles y politicos, ordenada por el Juzgado
  6. Tercero. Penal del Circuito de Florencia.
  7. Cuarto. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.