Micelio
Sentencia de Tutela16 de mayo de 2000

T-585 de 2000

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Yomaira Maria Ortega

Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital Y Trabajo. Mora En El Pago De Salarios. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Derecho Al Pago Oportuno Del Salario
  • Fundamental
  • Reconocimiento de totalidad de sumas adeudadas
Empleador
  • Falta de presupuesto o insolvencia para pago oportuno de salarios no es razón suficiente
  • Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer obligaciones laborales
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 26 de octubre por el Juzgado Promiscuo Municipal de Santiago de Tolú (Sucre). En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales al trabajo y al mínimo vital.
  2. Segundo. ORDENAR al señor Alcalde Municipal de Santiago de Tolú (Sucre), que en término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, pague a la señora Yomaira María Ortega Salgado, los salarios que le adeuda.
  3. En caso contrario, el plazo indicado se concederá para iniciar y culminar los trámites presupuestales pertinentes, de los cuales informará al Juzgado Promiscuo Municipal de Santiago de Tolú (Sucre), gestiones que tendrá por objeto el se produzca el pago total de los salarios adeudados, a más tardar en un (1) mes.
  4. Tercero. El desacato a lo ordenado en esta providencia, se sancionará de conformidad con lo señalado por el artículo 52 del decreto 2591 de 1991.
  5. Cuarto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.