Micelio
Sentencia de Tutela26 de julio de 2007

T-569 de 2007

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Fabian Alberto Gomez Cruz Vs. Cajanal

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Peticion
  • Solicitud de sustitución pensional
Derecho De Peticion En Materia Pensional
  • Términos para resolver
  • Término para resolver sustitución pensional
Acción De Tutela
  • Improcedencia por cuanto no se ha vencido el plazo para resolver la petición sobre reconocimiento de sustitución pensional
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho de peticion de persona a quien la entidad no le ha respondido una solicitud de reconocimiento de pension de sobreviviente.solicita se ordene la respuesta de su solicitud.el derecho de peticion en materia de pensiones.

Deber de la entidad de informar en el termino de 15 dias sobre el tramite dado a los escritos relativos a sustitucion pensional y de dar respuesta de fondo en el termino de dos meses.

En el presente caso no ha transcurrido el tiempo de que dispone la entidad para la respuesta.

No hubo vulneracion al derecho de peticion.negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia de unica instancia del Juzgado
  2. Cuarto. del Circuito Judicial Administrativo de Bucaramanga (Santander), del veintisiete (27) de febrero de 2007, por las razones expuestas en la presente providencia.
  3. SEGUNDO. LIBRESE por Secretaria la comunicacion que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.