Micelio
Sentencia de Tutela24 de noviembre de 1995

T-551 de 1995

Ponente Jorge Arango Mejía

Demandante Oscar Enrique Jaimes Barrios

Tema · dato duro
Debido Proceso. Tramitacion De La Apelacion. Sancion Disciplinaria A Alumno De La Universidad Agropecuaria Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Autonomía Universitaria
  • Reglamento interno
Establecimiento Educativo
  • Consumo de bebidas alcohólicas
Debido Proceso
  • Expulsión de estudiante
Derecho De Defensa
  • No trámite de recurso a estudiante
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado, de fecha dieciseis (16) de junio de mil novecientos noventa y cinco (1995), la cual a su vez confirmó el fallo de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, de fecha veintitrés (23) de mayo del corriente año, que había denegado la solicitud de tutela; y, en consecuencia, CONCEDER al señor Oscar Enrique Jaimes Barrios la tutela de su derecho constitucional fundamental al debido proceso.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al Consejo Directivo de la Corporación Universitaria de Ciencias Agropecuarias, la tramitación inmediata y la pronta resolución del recurso de apelación que interpuso el señor Oscar Enrique Jaimes Barrios contra el acuerdo del Consejo Académico número veinticuatro (24) del veinte (20) de abril del año en curso.
  3. TERCERO. COMUNICAR esta providencia a la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, para los efectos previstos en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.