Micelio
Sentencia de Tutela13 de julio de 2012

T-546 de 2012

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Henry Armando Sanchez Forero·Demandado Fiscalia General De La Nacion Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

<br>Debido proceso, defensa, igualdad, acceso a la administración de justicia.

En el presente asunto el actor aduce vulneración de derechos fundamentales por parte de la Fiscalía General de la Nación y de los juzgados 31 y 33 Penal del Circuito de Bogota, al adelantar un proceso penal en contra, en el cual se profirió sentencia condenatoria y se declaró persona ausente.

Para la Sala es claro que el accionante conocía de la sentencia condenatoria proferida en su contra y no encuentra justificación para que dejara transcurrir 16 años para acudir a la presente solicitud de amparo.

Considera además que, la acción de tutela es manifiestamente improcedente por falta de inmediatez y advierte que se presentó de manera irrazonable e indebidamente, desnaturalizando sus fines esenciales y naturaleza de mecanismo de defensa de derechos fundamentales preferente, sumario y propiciador de inmediato amparo.

IMPROCEDENTE. <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR el fallo de febrero 21 de 2012, proferido por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, por medio del cual confirmo el dictado en enero 24 de ese mismo ano por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogota, que declaro improcedente la accion de tutela incoada por el senor Henry Armando Sanchez Forero.
  2. Segundo. Por Secretaria General, LIBRAR la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.