Sentencia de Tutela20 de mayo de 2004
T-489 de 2004
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Jaime Delgado Hernandez Vs. Secretaria De Hacienda De Cundinamarca
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso. Cobro Coactivo Impuestos De Vehiculo Hurtado. Falta Tramite Cancelacion De Matricula. Tributo Como Limite Al Derecho De Propiedad. Funcion Administrativa. Estado Social De Derecho. Principio "la Ignorancia De La Ley No Excusa Su
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Pago De Impuesto De Vehiculo Hurtado
- Debe tramitarse la cancelación de la matrícula
Secretaria De Transito Y Transporte
- Implementación de bases de datos para conectar a las autoridades públicas vinculadas
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR el fallo proferido el 11 de noviembre de 2003 por el Juzgado 32 Civil del Circuito de Bogotá, D.C., confirmado por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad, mediante el cual fue negado el amparo solicitado por el ciudadano JAIME DELGADO HERNANDEZ.
- Segundo. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
C-491/02Bien Inmueble. Autorización A Alcalde Para Ordenar Construcción De Obra Por Mal Estado De Presentación De Muros Y Frentes De EdificacionesC-319/02Actuacion Administrativa. Administrados No Pueden Alegar Desconocimiento De Posibilidad De Interponer Recursos De Vía GubernativaC-275/96Dec. 624/89. Varios Arts. Ley 08/1909 Art. 1. Dec. 1222/86. Art. 166. Impuesto De Registro. Venta De Inmuebles A Entidades Publicas. Exeq. Sent. Inhibitoria.C-080/96Dec. 41/1905 Y Varios Decs. Mas. Impuesto De Degüello. Exequibles. Sentencia Inhibitoria.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.