Sentencia de Tutela11 de abril de 2000
T-413 de 2000
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Rufino Amalio Suarez Y Otros
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital De Personas De La Tercera Edad. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Flota Mercante Grancolombiana. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Vida Digna
- Pago oportuno de mesadas pensionales por Compañía de Inversiones de Flota Mercante
Conmutacion Pensional
- Dilatación por compañía de inversiones de Flota Mercante que afecta derechos de jubilados
- Procedimientos, estudios y propuestas para la efectividad no pueden afectar pago oportuno de mesadas pensionales
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR las decisiones materia de revisión, proferidas en los procesos T-300129, T-301204; y, en su lugar, CONCEDER las tutelas impetradas por los demandantes, protegiéndoles el derecho a la vida, a la seguridad social y a la debida protección a las personas de la tercera edad.
- Segundo. ORDENAR a la Compañía de Inversiones de la Flota Mercante S.A., cancelar dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes a la notificación de la presente providencia, la mesada pensional del mes de septiembre de 1999 a los tutelantes que no se les haya cancelado y, las mesadas sucesivas a todos, en el evento de que no se hayan pagado, hasta tanto se concluyan las gestiones adelantadas por la empresa demandada, tendientes a solucionar en forma definitiva el problema de la población pensional de la mencionada compañía.
- Tercero. CONFIRMAR la decisión materia de revisión, proferida en el proceso T-277493.
- Líbrense por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
T-168/00Tutela Contra Flota Mercante. Proceso De Conmutacion Pensional. Pago De Mesadas Pensionales. Concedida.T-259/99Der. Al Trabajo Y A La Seguridad Social. Suspension De Pago De Salarios. Universidad Del Valle. Concedida.T-534/98Der. A La Vida. Der. A La Igualdad Y A La Seguridad Social. Conmutacion Pensional. Pensionados De La Flota Mercante Gran Colombiana. Concedida.T-297/98Der. A La Vida Y A La Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Der. A La Igualdad. Pago De Mesadas Pensionales. Concedida.T-339/97Ders. Prestacionales. Seguridad Social. Garantia De Pago De Pensiones. Personas De La Tercera Edad. Minimo Vital. Concedida. Ver Auto 058/97.T-299/97Ders. De Las Personas De La Tercera Edad. Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Empresa En Concordato No Paga Oportunamente Pensiones. Concedida.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.