Micelio
Sentencia de Tutela11 de abril de 2000

T-413 de 2000

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Rufino Amalio Suarez Y Otros

Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital De Personas De La Tercera Edad. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Flota Mercante Grancolombiana. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Vida Digna
  • Pago oportuno de mesadas pensionales por Compañía de Inversiones de Flota Mercante
Conmutacion Pensional
  • Dilatación por compañía de inversiones de Flota Mercante que afecta derechos de jubilados
  • Procedimientos, estudios y propuestas para la efectividad no pueden afectar pago oportuno de mesadas pensionales
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las decisiones materia de revisión, proferidas en los procesos T-300129, T-301204; y, en su lugar, CONCEDER las tutelas impetradas por los demandantes, protegiéndoles el derecho a la vida, a la seguridad social y a la debida protección a las personas de la tercera edad.
  2. Segundo. ORDENAR a la Compañía de Inversiones de la Flota Mercante S.A., cancelar dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes a la notificación de la presente providencia, la mesada pensional del mes de septiembre de 1999 a los tutelantes que no se les haya cancelado y, las mesadas sucesivas a todos, en el evento de que no se hayan pagado, hasta tanto se concluyan las gestiones adelantadas por la empresa demandada, tendientes a solucionar en forma definitiva el problema de la población pensional de la mencionada compañía.
  3. Tercero. CONFIRMAR la decisión materia de revisión, proferida en el proceso T-277493.
  4. Líbrense por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  5. Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.