Sentencia de Tutela6 de mayo de 1999
T-318 de 1999
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Teresa Carmona Garcia Y Otros
✓
Tema · dato duro
Der. Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Salarios Y Mesadas Pensionales. Universidad Del Valle. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Empleador
- Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer pago de salarios
Derecho Al Minimo Vital Del Trabajador Y Pensionado
- Pago oportuno de salarios y mesadas
Institucion Universitaria Publica
- Posibilidad de que el Gobierno nacional y departamental colaboren en la solución a la situación económica o presupuestal
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas por los Juzgados Veintitrés Penal Municipal, Catorce Penal Municipal, Veintisiete Penal Municipal, Diecinueve Civil Municipal, Quince Civil Municipal, Veinticuatro Civil Municipal,
- Cuarto. Penal Municipal, Dieciséis y Diecinueve Penal del Circuito, todos de la ciudad de Cali (Valle),y los proferidos por el Consejo de Estado en los expedientes T-204105 y 204093.
- Segundo. CONCEDER la tutelas impetradas. En consecuencia, se ordena al Rector de la Universidad del Valle que en el termino de cuarenta ocho horas contadas a partir de la notificación de esta sentencia, reanude el pago de los salarios y mesadas pensionales de los actores en este proceso de tutela, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestal. En caso contrario, dentro del mismo tiempo, deberá iniciar las acciones que le permitan atender con lo ordenado.
- Para el efecto, el Gobierno Nacional, a través de los Ministerios de Educación y Hacienda, así como la administración departamental del Valle del Cauca, deberán poner en marcha, dentro del marco de la ley, las acciones y políticas correspondientes para resolver los problemas estructurales de la Universidad del Valle, en especial, aquellas que le permitan a las directivas de esta Institución realizar los trámites que sean del caso para obtener recursos, que por lo menos, les permita pagar las mesadas salariales y pensionales que se vayan a causar.
- Tercero. El Rector de la Universidad del Valle responderá personalmente por el cumplimiento exacto y oportuno de éste fallo, bajo el apremio de las sanciones previstas por el artículo 52 del decreto 2591 de 1991.
- Cuarto. LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a8
T-259/99Der. Al Trabajo Y A La Seguridad Social. Suspension De Pago De Salarios. Universidad Del Valle. Concedida.T-180/99Der. Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Universidad Del Valle. Concedida.T-106/99Der. Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Universidad Del Valle. Concedida.T-020/99Der. A La Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Federacion De Algodoneros. Concedida.T-297/98Der. A La Vida Y A La Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Der. A La Igualdad. Pago De Mesadas Pensionales. Concedida.T-299/97Ders. De Las Personas De La Tercera Edad. Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Empresa En Concordato No Paga Oportunamente Pensiones. Concedida.
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