Sentencia de Tutela21 de marzo de 2000
T-303 de 2000
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Maura Omaira Hurtado De Paz Y Otra
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Salarios. Hospital Departamental De Buenaventura. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho Al Minimo Vital Del Trabajador
- Agravación cuando se trata de madres que sostienen a hijos y contribuyen a educación
- Pago oportuno de salarios
Establecimiento Hospitalario
- Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer obligaciones laborales
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Salario
- Contraprestación personal y autónoma
- Pago oportuno con independencia de lo recibido por otro miembro de la familia
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR los fallos proferidos por las sentencias de instancia en los procesos de la referencia, mediante los cuales se denegaron las acciones de tutela instauradas.
- Segundo. TUTELAR los derechos constitucionales fundamentales a la vida, a la subsistencia, al trabajo, a la salud y a la seguridad social, de Maura Omaira Hurtado de Paz y María del Carmen Obando de Minotta.
- Tercero. ORDENAR al Gerente del Hospital Departamental de Buenaventura, que si todavía no lo ha hecho, en el término de un (1) mes siguiente a la notificación de la presente providencia, proceda a cancelar la totalidad de los salarios que se adeudan a las accionantes.
- Cuarto. Por Secretaría, LÍBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por6
T-960/04Derecho Al Minimo Vital De Trabajadoras A Quienes Las Empresas Les Adeudan Varios Meses De Salario. Solicitan Se Ordene El Pago De Salarios Y Las Acrencias Laborales. Procedencia De La Tutela Para El Pago De Acreencias Laborales Y Afectación Del Minimo ViT-1106/04Derecho A La Dignidad Seguridad Social Y Minimo Vital De Afiliada A Quien La Eps Le Niega El Reconocimiento De La Licencia De Maternidad Por El No Pago Oportuno De La Cotizaciones Por Parte Del Empleador. Solicita Se Ordene El Reconocimiento Y Pago De LaT-1088/02Derecho Al Minimo Vital De Mujer Embarazada Y El Nasciturus. Reanudacion Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Estabilidad Laboral Reforzada. Relaciones Familiares. Investigacion Disciplinaria. Concedida.T-248/01Derechos A La Vida Trabajo Y Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Concedida.T-678/00Derecho Al Minimo Vital Y Trabajo. Mora En El Pago De Salarios A Docentes. Concedida.T-583/00Derecho Al Minimo Vital Y Trabajo. Mora En El Pago De Salarios. Hospital San Juan De Dios. Armenia. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.