Micelio
Sentencia de Tutela21 de marzo de 2000

T-303 de 2000

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Maura Omaira Hurtado De Paz Y Otra

Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Salarios. Hospital Departamental De Buenaventura. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Al Minimo Vital Del Trabajador
  • Agravación cuando se trata de madres que sostienen a hijos y contribuyen a educación
  • Pago oportuno de salarios
Establecimiento Hospitalario
  • Situación económica o presupuestal no es óbice para desconocer obligaciones laborales
Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Salario
  • Contraprestación personal y autónoma
  • Pago oportuno con independencia de lo recibido por otro miembro de la familia
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por las sentencias de instancia en los procesos de la referencia, mediante los cuales se denegaron las acciones de tutela instauradas.
  2. Segundo. TUTELAR los derechos constitucionales fundamentales a la vida, a la subsistencia, al trabajo, a la salud y a la seguridad social, de Maura Omaira Hurtado de Paz y María del Carmen Obando de Minotta.
  3. Tercero. ORDENAR al Gerente del Hospital Departamental de Buenaventura, que si todavía no lo ha hecho, en el término de un (1) mes siguiente a la notificación de la presente providencia, proceda a cancelar la totalidad de los salarios que se adeudan a las accionantes.
  4. Cuarto. Por Secretaría, LÍBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.