Micelio
Sentencia de Tutela11 de abril de 2003

T-298 de 2003

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Mario Ramirez Jaramillo Vs. Instituto Tecnico Multiproposito De Cali

Tema · dato duro
Derecho A La Igualdad Y Educacion De Menor De Edad. Ingreso Al Sistema Educativo Por Fuera De Rangos De Edad Establecidos. Llamado A Prevencion. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Educacion Basica
  • Obligatoriedad
  • Límite de edad
Derecho A La Igualdad De Estudiante
  • Discriminación por trato diferente en razón de la edad
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Treinta Penal Municipal de Cali el 7 de septiembre de 2002 y la sentencia proferida por el Juzgado Diecisiete Penal del Circuito de Cali el 14 de noviembre de 2002; fallos que negaron el amparo de los derechos fundamentales invocados por el señor Mario Ramírez Jaramillo, en representación de su menor hijo Róbinson Ramírez Landázuri.
  2. Segundo. CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la igualdad y a la educación del menor Róbinson Ramírez Landázuri y, en consecuencia, ORDENAR al rector del Instituto Tecnológico Multipropósito de la ciudad de Cali (Valle) que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contado a partir de la notificación de la presente sentencia, inicie los trámites necesarios para matricularlo en el grado
  3. sexto. de educación básica.
  4. Tercero. PREVENIR al rector del Instituto Tecnológico Multipropósito para que diseñe y ejecute los planes y programas adicionales al plan general de estudios necesarios para garantizar la adecuada formación del joven Ramírez Landázuri, de acuerdo con lo señalado en la Ley General de Educación y sus normas reglamentarias y según lo dispuesto en el presente fallo.
  5. Cuarto. Por Secretaría General líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.