Sentencia de Tutela25 de abril de 1995
T-181 de 1995
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Cruz Maria Sotelo
✓
Tema · dato duro
Der. A La Vida. Der. A La Integridad Personal. Der. A Tener Una Familia. Violencia Familiar. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
5 temas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR la Sentencia de primera instancia en cuanto tuteló los derechos fundamentales a la vida, la integridad personal y el derecho a tener una familia, pero REVOCAR en cuanto la concedió como mecanismo transitorio y en su lugar se otorga de manera definitiva.
- SEGUNDO. CONFIRMAR los numerales 2º y 4º, en cuanto le ordenan y previenen a Ramiro Hernández Rueda para que se abstenga de realizar todo acto violento contra su compañera permanente y sus hijas.
- TERCERO. ADICIONAR el numeral 3º en el sentido de ordenarle a las autoridades de Policía del Barrio Nueva España de Santafé de Bogotá, tanto al Alcalde Local como al Comandante de Policía respectivos, que tomen las medidas de protección inmediatas y urgentes cuando reciban información de que Cruz María Sotelo Castillo o sus hijas menores Adriana, Katherin y Alejandra Hernández Sotelo sean amenazadas por Ramiro Hernández o sean retiradas por él del hogar que habitan.
- CUARTO. El incumplimiento por parte de Ramiro Hernández Rueda de la obligación de no lanzar a la calle a su compañera o hijas, o de atentar contra la vida e integridad personal de ellas, será sancionada por el Juez de Tutela, previo incidente de desacato, con arresto de hasta seis meses, sin perjuicio de las sanciones penales a que hubieren lugar.
- QUINTO. Comisionar al Juez de primera instancia para que notifique la Sentencia a las partes y adopte las decisiones necesarias señaladas en el art. 36 del Decreto 2591 de 1991.
- SEXTO. Envíese copia del fallo al Defensor del Pueblo, al Alcalde Mayor de Santafé de Bogotá, al Comando de Policía de esta ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por4
T-368/20Medidas De Proteccion A Adolescente, En El Marco De Proceso De Violencia Intrafamiliar, Por Violencia, Maltrato, O Agresion Por Parte De Su ProgenitorT-184/17Proteccion A La Mujer Frente A Todo Tipo De Violencia. Caso En Que Victima De Violencia Domestica Solicita No Asistir A Audiencia De Fijacion De Cuota Alimentaria Al Tiempo Con El Agresor.T-145/17Proteccion De La Mujer Frente A Todo Tipo De Violencia. Vulneracion Por Revocar Orden De Desalojo De Agresor En Violencia DomesticaT-076/96Der. A La Seguridad Social. Pago Oportuno De Pensiones. Ifi. Concedida Parcialmente.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.