Micelio
Sentencia de Tutela20 de febrero de 2003

T-139 de 2003

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Ernesto Calderon Ramirez Vs. Cafesalud Y Otros

Tema · dato duro
Derecho A La Salud Y Vida. Solicitud Cirugia De Estrabismo No Prescrita Por Medico Tratante Adscrito. Solicitud Evaluacion Y Atencion Medica. Hospital Ramon Gonzalez Valencia. Concedida Parcial.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Establecimiento Hospitalario
  • Atención médica inmediata
Derecho A La Salud
  • Intervención quirúrgica debe ser determinada por médico tratante
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR PARCIALMENTE la sentencia del Juzgado 1º Penal Municipal de Bucaramanga del 29 de octubre de 2002 y en consecuencia negar la tutela al derecho a la salud en conexidad con la vida del señor Ernesto Calderón Ramírez, en los términos expuestos en esta sentencia.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al Hospital Ramón González Valencia que en el término de cuarenta y ocho horas (48) posteriores a la notificación de la presente sentencia atienda a través de médicos oftalmólogo y neurocirujano al señor Ernesto Calderón Ramírez. Una vez determinado por los médicos tratantes los procedimientos o medicamentos óptimos para la atención de la salud del paciente, realizar lo dispuesto por éstos en el mínimo tiempo requerido, según su concepto.
  3. TERCERO. ORDENAR al Juzgado 1º Penal Municipal de Bucaramanga que vigile el cumplimiento de la presente sentencia.
  4. CUARTO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.