Micelio
Sentencia de Tutela26 de marzo de 2015

T-117 de 2015

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Manuel Useche Murcia·Demandado Tribunal Superior De Bogota, Sala Laboral De Descongestion Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por cuanto se encuentra en curso recurso extraordinario de casación en proceso para restablecer pensión sanción
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso.

Tutela contra providencia judicial.

Se atacan las decisiones judiciales proferidas al interior de un proceso ordinario laboral, que negaron la conmutación de la pensión sanción con la pensión de vejez, por la supuesta falta de valoración probatoria.

Luego de reiterar el tema de los requisitos generales para la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y de constatar que el accionante cuenta con otro mecanismo de defensa y que no logró demostrar la ocurrencia de un perjuicio irremediable que hiciera procedente el amparo de manera transitoria, la Sala decidió confirmar las decisiones de instancia que declararon IMPROCEDENTE el amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. CONFIRMAR la providencia del 11 de septiembre de 2014 proferida por Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sala Uno de Tutelas que, a su vez confirmó la providencia del 25 de junio de 2014 de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, que declaró improcedente el amparo solicitado.
  2. SEGUNDO. LÍBRESE por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.