Micelio
Sentencia de Tutela28 de octubre de 2008

T-1056 de 2008

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Pablo Rodríguez Cifuentes·Demandado Consejo De Estado Sala De Lo Contencioso Administrativa Y Tribunal Administrativo De Nariño

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Sentencia Del Consejo De Estado-Seccion Tercera
  • Error en la radicación del proceso no fue determinante en la decisión de declarar desierto el recurso de apelación
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso y acceso a la administración de justicia.

Los actores instauraron acción de grupo por la construcción sin permiso ambiental de una sociedad de explotación maderera en la zona del patía.

Como se negaron las pretensiones de la demanda, interpusieron recurso de apelación pero el tribunal administrativo incurrió en error al remitir el expediente con una radicación diferente a la original, lo que implicó que se negara el mencionado recurso que había sido interpuesto oportunamente.

Procedencia excepcional de la tutela contra providencias judiciales.

Considera la corte que el consejo de estado se adecuó a lo señalado en la ley y el error cometido por el tribunal no fue determinante en la decisión de declarar desierto el recurso de apelación y no se configura una vía de hecho.

Negada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. LEVANTAR la suspension de terminos decretada en el presente proceso mediante auto de treinta (30) de noviembre de 2006.
  2. Segundo. REVOCAR el fallo dictado de siete (7) de junio de 2006 por la Seccion Cuarta de la Sala Contencioso Administrativa del Consejo de Estado que resolvio rechazar por improcedente la solicitud de tutela instaurada por el senor Pablo Rodriguez Cifuentes contra la Seccion Tercera de la Sala Contencioso Administrativa del Consejo de Estado y la Seccion Tercera del Tribunal Administrativo de Narino, con citacion oficiosa del Ministerio del Medio Ambiente, el Ministerio del Interior y de Justicia, la Corporacion Autonoma Regional de Narino -CORPONARINO-, el Departamento de Narino, el municipio de Olaya Herrera (Narino) y el municipio de Francisco Pizarro (Narino)
  3. En su lugar, DENEGAR el amparo reclamado por el actor.
  4. Tercero. LIBRESE por secretaria la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.