Sentencia de Tutela10 de agosto de 2000
T-1040 de 2000
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Alvaro Jimenez Cantillo Y Otro Vs. Seguro Social - Colmena
✓
Tema · dato duro
Debido Proceso. Derecho A La Salud Y A La Seguridad Social A La Vida Y Al Trabajo. Juntas Calificadoras De Invalidez. Perdida De La Capacidad Laboral. Realizar Valoracion Medica. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Seguridad Social
- Vulneración al no realizar notificación de dictamen médico por Junta de calificación de invalidez
Facultades Extraordinarias Para Organizar Sistema De Riesgos Profesionales
- Calificación grado de incapacidad y pago de costos
- No autorización para dictar norma de costo de trámites sobre incapacidad permanente
Seguro Social
- Valoración médica para evaluar grado de incapacidad
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado 8 Civil del Circuito de Barranquilla, por medio del cual se confirmo la sentencia de primera instancia que declaraba la improcedencia de la solicitud de tutela impetrada por el senor Alvaro Jimenez Cantillo. En su lugar, se CONCEDE la proteccion constitucional solicitada.
- Segundo. ORDENAR al Instituto de los Seguros Sociales - Proteccion laboral - que disponga todo lo necesario para que, a su cargo y dentro de los 15 dias corrientes siguientes a la notificacion de esta providencia, se realice una valoracion medica de la perdida de capacidad laboral del senor Alvaro Jimenez Cantillo, por parte de la Junta Regional de Calificacion de Invalidez que corresponda.
- Tercero. REVOCAR el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Santafe de Bogota, el 22 de febrero de 2000, por medio del cual se denego la tutela solicitada por el senor Orlando Gomez Gonzalez. En su lugar, se CONCEDE el amparo impetrado.
- Cuarto. ORDENAR a COLMENA AIG Cesantias y Pensiones - hoy Pensiones y Cesantias Santander - que disponga todo lo necesario para que, a su cargo y dentro de los 15 dias corrientes siguientes a la notificacion de esta providencia, se realice una valoracion medica de la perdida de capacidad laboral del senor Orlando Gomez Gonzalez, por parte de la Junta Nacional de Calificacion de Invalidez.
- Quinto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Citada por3
T-336/20Honorarios De Las Juntas De Calificacion De Invalidez Y Seguro Obligatorio De Accidentes De TransitoT-236A/02Derechos A La Vida Salud Igualdad Y Dignidad De Persona De La Tercera Edad Afiliada Al Regimen Subsidiado. Suministro Atencion Medica No Incluida En El Pos. Legitimidad Para Actuar. Deber De Informar. Reembolso Gastos Medicos. Concedida Parcialmente.T-125/02Derecho Al Debido Proceso Administrativo. Prestacion Servicio Publico De Seguridad Social En Salud. Determinacion Origen Patologia Presentada. Prohibicion Fallo Inhibitorio En Tutela. Transgresion De La Norma. Investigacion Disciplinaria. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.