T-1017 de 2001
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Trinidad Chavez De La Hoz Vs. Alcaldia De Santa Marta Y Otro·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
- Pago oportuno de salarios
- Gestión y distribución para pago oportuno de salarios
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido el 21 de enero de 2001, por el Juzgado
- Quinto. Penal del Circuito de Santa Marta. En su lugar, confirmar la sentencia del 2 de enero de 2001 dictada por el Juzgado
- Tercero. Penal Municipal de Santa Marta, por las consideraciones señaladas en esta sentencia.
- Segundo. ORDENAR al Alcalde Distrital de Santa Marta, a la Secretaría del Tesoro del Distrito de Santa Marta y el Fondo Distrital de Pensiones de Santa Marta que, si aún no lo han hecho, en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, procedan a cancelar los salarios y aportes a la seguridad social a la demandante. De no ser posible su cumplimiento por razones netamente presupuestales o de manifiesta iliquidez, deberá informar al Despacho Judicial respectivo en forma motivada, debiendo dentro del mismo término proceder a iniciar los trámites necesarios que deberán culminar con el pago en un término máximo de tres (3) meses.
- Tercero. El desacato a lo ordenado en esta providencia, se sancionará de conformidad con lo señalado en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
- Cuarto. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.