T-1008 de 2005
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Carlos Andres Botero Arias Vs. Incocredito
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Es un servicio público
- Entidades bancarias que prestan servicio público
- Procedencia
- Eventos en los que procede
- Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso al trabajo y a la libre empresa de comerciante a quien por fraude con tarjetas de credito le fue suspendido el codigo de operación.
Solicita se ordene a incocredito que proceda a darle vigencia al contrato que permite que su establecimiento de comercio pueda continuar ejerciendo su actividad mediante el sistema de tarjetas de credito.
En este caso se tiene que la controversia se ha planteado en torno al desarrollo de una relacion bancaria y dichas relaciones ha señalado de manera general la corte se inscriben en el ambito de los servicios públicos.
La accion de tutela es formalmente procedente.
Existencia de otro medio de defensa judicial.
En cuanto que la controversia gire en torno a la responsabilidad por el fraude ocurrido y en la medida en que no se ha acreditado la presencia de un perjuicio irremediable no resulta procedente la accion de tutela.
No es contraria a la constitución que en los contratos de afiliacion a los sistemas de tarjetas se establezca la posibilidad de terminación unilateral en beneficio de las partes ni se produce una violación de los derechos fundamentales de los afiliados a tales sistemas cuando la entidad afiliante adopta la decisión de suspender el servicio o dar por terminado el contrato sin perjuicio de la posibilidad de controvertir la legalidad de la actuacion de la entidad bancaria.
Negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos ordenada en el presente proceso.
- SEGUNDO. REVOCAR las Sentencia de septiembre 10 de 2004 proferida por el Juzgado
- Primero. Penal Municipal de Pereira, por medio de la cual se decidió denegar la protección solicitada por vía de tutela por el señor CARLOS ANDRÉS BOTERO ARIAS y en su lugar, RECHAZAR por improcedente la tutela impetrada.
- TERCERO. LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.