Micelio
Sentencia de Unificación28 de mayo de 2025Sala Plena

SU- de 2025

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Servicio Integral De La Costa Caribe E Ingenieria Sas·Demandado Tribunal Administrativo Del Casanare Y Otro

Tema · dato duro
Tutela Contra Decisiones Judiciales En El Marco De Una Iniciativa De Referendo Territorial Derogatorio-Alcance Del Mecanismo De Participación Ciudadana
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Requisitos específicos de procedibilidad
  • Improcedencia por no configuración de defecto procedimental absoluto
  • Configuración de defecto sustantivo por indebida motivación
  • Requisitos generales de procedibilidad
Derecho A La Participacion Politica
  • Directa e indirecta
  • Atributos
  • Fundamental
Principio Democratico
  • Carácter universal y expansivo
Principio Pro Homine
  • Interpretación normativa y aplicación
Derechos Politicos
  • Restricciones
  • Definición
  • Instrumentos internacionales
Referendo
  • Distinción entre aprobatorio y derogatorio
  • Control previo de constitucionalidad
  • Concepto
  • Contenido y alcance
  • Modalidades
  • Características esenciales
  • Mecanismo de democracia participativa
Referendo Territorial
  • Concepto
  • Procedimiento
  • Materias objeto de iniciativa ciudadana
  • Límites de competencia de la iniciativa ciudadana
Iniciativa De Referendo Derogatorio
  • Alcance y naturaleza jurídica de la intervención ciudadana en el término de fijación en lista
Referendo Derogatorio
  • Contenido y alcance
Referendo Territorial Derogatorio
  • Jurisprudencia constitucional
  • Contenido
Democracia Participativa Y Soberania Popular
  • Ejes definitorios de la Constitución
Derecho De Participación Política
  • Conformación, ejercicio y control
  • Características
  • Límites
Mecanismos De Participacion Ciudadana
  • Regulación estatutaria
  • Jurisprudencia constitucional
Derecho A La Participación Democrática
  • Diferencias de la nueva regulación estatutaria
Defecto Sustantivo
  • Reiteración de jurisprudencia
  • Caracterización
23 temas · 45 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Como antecedentes de este caso se tiene que el Concejo Municipal de Paz de Ariporo (Casanare) aprobó un Acuerdo Municipal mediante el cual le confirió facultades transitorias a la alcaldesa para constituir una sociedad de economía mixta que se encargara de prestar el servicio de alumbrado público en el municipio.

Producto de este acuerdo, el municipio constituyó la sociedad denominada Empresa Mixta de Alumbrado Público de Paz de Ariporo S.A.S., junto con las sociedades Soluciones Integrales de Colombia S.A.S y Servicio Integral de la Costa Caribe e Ingeniería S.A.S.

De manera posterior un grupo de ciudadanos presentó ante la Registraduría Municipal una solicitud de inscripción de un referendo derogatorio del referido Acuerdo.

La registraduría emitió dos resoluciones y certificó que la iniciativa cumplía con los requisitos legales y constitucionales, por lo cual copia de dichos actos administrativos al Tribunal Administrativo de Casanare para que adelantara el control previo de constitucionalidad de la iniciativa, conforme al artículo 21 de la Ley 1757 de 2015.

Esta autoridad judicial emitió sentencia en la que declaró la constitucionalidad de la iniciativa del referendo derogatorio, luego de determinar que el trámite de la iniciativa cumplió con los requisitos legales, el texto de la pregunta era claro y el referendo no encajaba dentro de las prohibiciones establecidas en los artículos 29 de la Ley 134 de 1994 y 18 de la ley 1757 de 2015.

Esta decisión fue a la que se le atribuyó la vulneración de derechos fundamentales por incurrir en los defectos procedimental absoluto y sustantivo.

Lo anterior, por no haber sido notificadas de forma personal, ni vinculadas al proceso.

Así mismo, por concluir que la iniciativa del referendo no encuadraba en ninguna de las prohibiciones previstas en la ley y en consecuencia, declarar su constitucionalidad.

Se analizó la siguiente temática: 1º.

El principio democrático y los mecanismos de participación ciudadana. 2º.

Reiteración de jurisprudencia relacionada con los derechos políticos y, 3º.

La regulación constitucional y estatutaria del referendo.

La Corte concluyó que en la decisión censurada no se incurrió en los defectos alegados y procedió a DENEGAR el amparo invocado. se ordenó a la Registraduría Nacional continuar con el trámite establecido sobre la celebración del referendo derogatorio referido.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos decretada en el presente asunto.
  2. SEGUNDO. REVOCAR la Sentencia de 22 de agosto de 2024, proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado, que confirmó la Sentencia de 6 de junio de 2024, emitida por Subsección A de la Sección Segunda del Consejo de Estado. En su lugar, NEGAR el amparo de los derechos fundamentales de las sociedades Servicio Integral de la Costa Caribe e Ingeniería S.A.S y Empresa Mixta de Alumbrado Público de Paz de Ariporo S.A.S, por las razones expuestas en esta providencia.
  3. TERCERO. DEJAR SIN EFECTOS la sentencia de reemplazo emitida el 11 de julio de 2024 por el Tribunal Administrativo de Casanare, en la que declaró contrario a la Constitución Política el referendo derogatorio del Acuerdo Municipal núm. 500.0223 de 30 de diciembre del 2022 del Concejo Municipal de Paz de Ariporo. En su lugar, CONFIRMAR la sentencia del Tribunal Administrativo de Casanare de 2 de noviembre de 2023.
  4. CUARTO. ORDENAR a la Registraduría Nacional del Estado Civil que continúe con el trámite establecido en las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015 para la celebración del referendo derogatorio del Acuerdo Municipal núm. 500.0223 del 30 de diciembre del 2022 del Concejo Municipal de Paz de Ariporo.
  5. QUINTO. Por Secretaría General, LIBRAR las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible4
AclaraciónJorge Enrique Ibáñez NajarAclaraciónPaola Andrea Meneses MosqueraSalvamento parcialMiguel Efrain Polo RoseroSalvamentoVladimir Fernández Andrade
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.