Micelio
Sentencia de Unificación25 de enero de 2023Sala Plena

SU- de 2023

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Chaparro Carrillo Franklin German·Demandado Sala De Casacion Penal De La Corte Suprema De Justicia

Tema · dato duro
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Proceso Penal (Homicidio Agravado Y Concierto Para Delinquir Agravado)-Confirma Improcedencia Del Amparo Por No Configurar Alguno De Los Defectos Alegados, Ni Hubo Vulneración Del Derecho A Impugnar La Primera Sentencia Condenatoria (Principio De La Doble Conformidad).
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por cuanto no se configuraron los defectos alegados, ni hubo vulneración de principio de la doble conformidad
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Derecho A La Impugnacion De Sentencias Condenatorias
  • Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
  • Nuevo estándar del bloque de constitucionalidad y garantía con efectos sustanciales del debido proceso penal
  • Jurisprudencia constitucional
  • Reglas
Doble Conformidad Judicial
  • Garantía
  • Alcance
  • Contenido
6 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El actor fue absuelto en primera instancia dentro del proceso penal cursado en su contra por los delitos de homicidio agravado, homicidio agravado en grado de tentativa y concierto para delinquir agravado.

No obstante, en segunda instancia fue condenado, por primera vez, por dichos delitos.

En sede de tutela se cuestiona el auto que se negó a reponer la decisión de no conceder el recurso de impugnación que promovió el accionante contra la sentencia condenatoria.

Se aduce que dicho fallo incurrió en una violación directa de la Constitución y en desconocimiento del precedente fijado en la Sentencia C-792/14 y SU.215/16.

Se verifica el cumplimiento de los requisitos de procedencia de la acción de tutela contra providencia judicial y se analiza temática relacionada con: 1º.

El ámbito temporal de aplicación de la impugnación especial para materializar la garantía de la doble conformidad en la jurisprudencia constitucional y, 2º.

El alcance de la jurisprudencia de la Corte IDH en el ordenamiento jurídico interno.

La Corte NEGÓ el amparo invocado por no encontrar configurados los defectos analizados.

Se reiteró el exhorto al Congreso de la República efectuado en las Sentencias SU.792/14.

SU.217/19 y SU.006/23 para que, en ejercicio de su potestad de configuración legislativa, regule de manera integral el mecanismo que garantice el ejercicio del derecho a impugnar la sentencia condenatoria en material penal.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos decretada para decidir el asunto de la referencia.
  2. SEGUNDO. CONFIRMAR el fallo del 19 de enero de 2022, proferido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que a su vez confirmó el dictado el 19 de octubre de 2021 por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia. En consecuencia, NEGAR la tutela de los derechos del actor al debido proceso, a la igualdad, a acceder a la justicia, a la defensa y a impugnar la sentencia condenatoria.
  3. TERCERO. Reiterar el exhorto al Congreso de la República efectuado por esta Corte en las sentencias SU-792 de 2014, SU-217 de 2019 y SU-006 de 2023, para que, en ejercicio de su potestad de configuración legislativa, regule de manera integral el mecanismo que garantice el ejercicio del derecho a impugnar la sentencia condenatoria en material penal.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible4
AclaraciónDiana Constanza Fajardo RiveraAclaraciónJosé Fernando Reyes CuartasAclaraciónNatalia Ángel CaboAclaraciónJuan Carlos Cortés González
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.