Micelio
Sentencia de Constitucionalidad9 de diciembre de 1999Sala Plena

C-994 de 1999

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Karen Ivette Lora Kessie

Tema · dato duro
Dec 1122/99 Art 26 Y 44 Entidades Publicas Deben Abrir Cuentas Unicas Con Cobertura En Lugares De Prestacion De Servicios. Inconstitucionalidad Por Consecuencia. Ver <a Href=../1999/C-923-99.Rtf> C-923/99</A>. Inexequible.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1122/99. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 26Decreto 1122/99ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 44Decreto 1122/99ESTARSE A LO RESUELTO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E :
  3. Estarse a lo resuelto en la sentencia C-923/99, en la que se declaró inexequible el decreto 1122 de 1999.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
AclaraciónEduardo Cifuentes MuñozAclaraciónVladimiro Naranjo Mesa
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.