C-811 de 2002
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Edilberto Escobar Cortes
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Prohibición a entidades territoriales de gravar explotación de recursos naturales no renovables
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 141 de 1994.
Art. 27.
Fondo nacional de regalias.
Comision nacional.
Derecho del estado a recibir por la explortacion de los recursos naturales no renovables.
Liquidacion y distribucion.
Prohibicion a entidades territoriales para establecer gravamenes.
Estarse a lo resuelto en la sentencia c-567/95
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 141/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-567 de 1995, en la que se declaro la exequibilidad del articulo 27 de la Ley 141 de 1994.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.