C-542 de 2023
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Valencia Laserna Paloma Y Otras·Demandado Ley 2272 De 2022
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demandas de inconstitucionalidad en contra de la Ley 2272 de 2022, por medio de la cual se modifica, adiciona y prorroga la Ley 418 de 1997, prorrogada, modificada y adicionada por las Leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006, 1421 de 2010, 1738 de 2014 y 1941 de 2018, se define la política de paz de estado, se crea el servicio social para la paz, y se dictan otras disposiciones.
Con el presente fallo se resuelven dos demandas formuladas de manera independiente.
Ellas se dirigieron contra la totalidad de la precitada ley y contra sus artículos 2 (parcial) 10, 11 y 12, por vicios de procedimiento.
Así mismo, contra sus artículos 2 y 5 (parciales), por vicios de fondo.
Los cuestionamientos a la ley se relacionaron con: (i) la ausencia del concepto del Consejo Superior de Política criminal, que desconoce los artículos 113, 114, 150.1 y 151 Superiores.
(ii) La omisión del anuncio del debate del proyecto de ley en el Senado de la República, que vulnera el artículo 160 de la Constitución.
(iii) La publicación y la forma en la que fue anunciada la votación del informe de conciliación en la plenaria del Senado, que trasgredió los artículos 160 y 161 de la Carta Política.
Respecto a las censuras realizadas de manera puntual a algunos artículos de la norma, se alegó la vulneración de los principios de consecutividad, identidad flexible y publicidad, al igual que desconocimiento de los derechos de las víctimas reconocidos en el bloque de constitucionalidad.
Luego de realizar el respectivo estudio la Sala Plena de la Corporación decidió: ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-525/23, en lo que se relaciona con la ausencia del concepto del Consejo Superior de Política Criminal.
Declarar EXEQUIBLE la Ley 2272 de 2022, por los cargos estudiados sobre procedimiento legislativo y desconocimiento de los principio de consecutividad, identidad flexible y unidad de materia, e INHIBIRSE de adoptar una decisión de fondo frente al cargo contra del artículo 2 y algunos preceptos del artículo 5 ibidem, por la ineptitud sustancial de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 2272/22. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-525 de 2023 por el cargo contra la totalidad de la Ley 2272 de 2022, en relación con la ausencia del concepto del Consejo Superior de Política Criminal.
- SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE la Ley 2272 de 2022 por el cargo de vulneración del artículo 160 de la Constitución Política (anuncio previo del proyecto en la plenaria del Senado); y por el cargo de vulneración de los artículos 160 y 161 de la Constitución Política (publicación y anuncio del informe de conciliación).
- TERCERO. Declarar EXEQUIBLES los artículos 2 (parcial), 10 y 11 de la Ley 2272 de 2022 por el cargo de desconocimiento del artículo 157 de la Constitución Política (consecutividad e identidad flexible).
- CUARTO. Declarar EXEQUIBLE el artículo 12 de la Ley 2272 de 2022 por los cargos de desconocimiento de los artículos 157 y 158 de la Constitución Política (consecutividad e identidad flexible y unidad de materia).
- QUINTO. INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo por el cargo sustantivo formulado contra el inciso
- tercero. del numeral (ii) del literal c) del artículo 2 de la Ley 2272 de 2022.
- SEXTO. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-525 de 2023 mediante la cual se declaró EXEQUIBLE la expresión "Se admitirá como voceros a quienes actúan como integrantes de organizaciones sociales y humanitarias a quienes el Presidente de la República considere puedan aportar al proceso de paz, a la conflictividad social" e INEXEQUIBLE la expresión "y se encuentra en privación de libertad" contenida en el inciso
- segundo. del parágrafo 2º del artículo 5 de la Ley 2272 de 2022; e INHIBIRSE de emitir pronunciamiento de fondo por el cargo formulado contra los demás preceptos del artículo 5 de la Ley 2272 de 2022.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.