C-468 de 1995
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Vicio subsanable
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 43/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E
- PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE el Proyecto de Ley Ndeg 43/94 Senado - 118/95 Camara desde el punto de vista formal, por haberse subsanado el vicio dentro del termino indicado en la sentencia C-407 de 1995.
- SEGUNDO. Estarse a lo resuelto en la Sentencia C-407 de 1995 en la que se declararon infundadas las objeciones formuladas por el Presidente de la Republica a los articulos los articulos 1 a 8 y 10 a 12 del Proyecto de Ley Ndeg 43/94 Senado - 118/95 Camara, en cuanto no se vulneraron los articulos 151, 154 y 215-6 de la Constitucion.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.