Micelio
Sentencia de Constitucionalidad12 de junio de 2002Sala Plena

C-458 de 2002

Ponente Jaime Araujo Rentería

✓Demandante Carlos Almanza Y Gongora

✓
Tema · dato duro
Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho. Decreto De Nulidad Como Requisito Previo Para Declaratoria
01

Temas y subtemas del fallo

✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Material
  • Contenido normativo idéntico
  • Comprende decisiones negativas y positivas
  • Comprende decisiones de exequibilidad o inexequibilidad
  • Normas de contenido material idéntico
  • Diferencia gramatical irrelevante
Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho
  • Decreto de nulidad como requisito previo para declaratoria
Cosa Juzgada Absoluta
  • Relativización por reforma constitucional posterior
Norma Acusada
  • Pronunciamiento ante norma sustitutiva que no produce efectos por condición impuesta
Norma Sustitutiva
  • No producción de efectos por condición impuesta
7 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Codigo contencioso administrativo.

Art. 132-6 (p.) y 134 d num. 2 lit.

C).

Decreto 597 de 1988.

Art. 2.

Ley 446 de 1998.

Art. 40.

Tribunales administrativos en primera instancia.

Competencia.

Nulidad y restablecimiento del derecho laboral.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1/84. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 132Decreto 1/84 «numeral 6, inciso último»EXEQUIBLE
Art. 132Decreto 1/84EXEQUIBLE
Art. 2Decreto 597/88EXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E LV E:
  3. DECLARAR EXEQUIBLE el último inciso del numeral 6 del artículo 132 del Código Contencioso Administrativo, subrogado por el artículo 2 del decreto 597 de 1988, por los cargos estudiados.
  4. Notifíquese, publíquese, comuníquese al Gobierno Nacional,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.