Micelio
Sentencia de Constitucionalidad12 de junio de 2002Sala Plena

C-458 de 2002

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Carlos Almanza Y Gongora

Tema · dato duro
Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho. Decreto De Nulidad Como Requisito Previo Para Declaratoria
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Material
  • Contenido normativo idéntico
  • Comprende decisiones negativas y positivas
  • Comprende decisiones de exequibilidad o inexequibilidad
  • Normas de contenido material idéntico
  • Diferencia gramatical irrelevante
Accion De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho
  • Decreto de nulidad como requisito previo para declaratoria
Cosa Juzgada Absoluta
  • Relativización por reforma constitucional posterior
Norma Acusada
  • Pronunciamiento ante norma sustitutiva que no produce efectos por condición impuesta
Norma Sustitutiva
  • No producción de efectos por condición impuesta
7 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Codigo contencioso administrativo.

Art. 132-6 (p.) y 134 d num. 2 lit.

C).

Decreto 597 de 1988.

Art. 2.

Ley 446 de 1998.

Art. 40.

Tribunales administrativos en primera instancia.

Competencia.

Nulidad y restablecimiento del derecho laboral.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1/84. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 132Decreto 1/84 «numeral 6, inciso último»EXEQUIBLE
Art. 132Decreto 1/84EXEQUIBLE
Art. 2Decreto 597/88EXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E LV E:
  3. DECLARAR EXEQUIBLE el último inciso del numeral 6 del artículo 132 del Código Contencioso Administrativo, subrogado por el artículo 2 del decreto 597 de 1988, por los cargos estudiados.
  4. Notifíquese, publíquese, comuníquese al Gobierno Nacional,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.