C-273 de 1994
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Obdulio De Jesus Hernandez Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 40/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. Estarse a lo resuelto en la sentencia de la Corte Constitucional No. C-542 del 24 de noviembre de 1993, en la cual la Corporacion declaro inexequible el articulo 19 demandado;
- Segundo. Estarse a lo resuelto en la sentencia de la Corte Constitucional No. C-565 del 7 de diciembre de 1993, en la cual la Corporacion declaro exequibles los articulos 1o, 28, 29, 30, 31 demandados;
- Tercero. Estarse a lo resuelto en la sentencia de la Corte Constitucional No. C-069 de 1994, en la que la Corporacion declaro exequible el articulo 10 demandado e inexequible el articulo 17 demandado;
- Cuarto. Estarse a lo resuelto en la sentencia de la Corte Constitucional No. C-213 del 28 de abril de 1994, en la cual la Corte declaro exequible el articulo 15, salvo la frase final que establece "la libertad provisional solo podra concederse por pena cumplida", la cual se declaro inexequible.
- Cumplase,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.