El artículo 323 del Decreto ley l00 de 1980, Código Penal, quedará así:
Homicidio. El que matare a otro incurrirá en prisión de veinticinco (25) a cuarenta (40) años.
Sobre El Homicidio
Ley 40 de 1993 · por la cual se adopta el estatuto nacional contra el secuestro y se dictan otras disposiciones.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El artículo 323 del Decreto ley l00 de 1980, Código Penal, quedará así:
Homicidio. El que matare a otro incurrirá en prisión de veinticinco (25) a cuarenta (40) años.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.