C-254 de 1999
Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Comisión mixta de vigilancia
- Contenido
- Reserva de información
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad de la Ley 465 del 4 de agosto de 1998, “por medio de la cual se aprueba el “Convenio de Cooperación turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Jamaica”, suscrito en Bogotá, el veinte de abril de mil novecientos noventa y cuatro.
Al verificar el aspecto formal y material del instrumento internacional, la Corte concluyó que se ajusta en su integralidad a la Constitución Política.
Por lo anterior, la Corporación declaró exequible la Ley 465 de 1998 y el Convenio.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 465/98. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Declarar EXEQUIBLE la Ley 465 del 4 de agosto de 1.998 "por medio de la cual se aprueba el "Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Jamaica", suscrito en Santafé de Bogotá, D.C. el veinte (20) de abril de mil novecientos noventa y cuatro (1994)."
- Segundo. Declarar EXEQUIBLE el "Convenio de Cooperación Turística entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Jamaica", suscrito en Santafé de Bogotá, D.C. el veinte (20) de abril de mil novecientos noventa y cuatro (1994)".
- Tercero. Ordenar la comunicación de la presente sentencia al Presidente de la República, al Congreso de la República, al Ministro de Relaciones Exteriores y al Ministro de Desarrollo Económico.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.