C-175 de 2017
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Alvaro Humberto Correal Romero·Demandado Ley 200 De 1936, Articulo 200 Parcial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inhibición para pronunciarse por carencia actual de objeto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 15 (parcial) de la Ley 200 de 1936, sobre régimen de tierras.
El demandante considera que los apartes acusados vulneran el preámbulo y los artículos 1, 13, 58, 60 y 64 de la Constitución.
Aduce igualmente, que con dicha norma se estableció un criterio arbitrario de diferenciación territorial en perjuicio de ciertas zonas del país, sin que hubiesen razones para brindar un trato diferente a los Llanos de Casanare.
La Corte concluye que el pronunciamiento judicial carece de todo objeto puesto que recae sobre una norma ya derogada, no susceptible de producir efectos jurídicos.
La Sala se INHIBE de pronunciarse sobre la exequibilidad de la expresión “Llanos del Casanare”, por carencia actual de objeto.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 200/36. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución
- RESUELVE
- INHIBIRSE de pronunciarse sobre la exequibilidad de la expresión "Llanos del Casanare" contenida en el artículo 15 de la Ley 200 de 1936, por carencia actual de objeto
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.