Micelio
Sentencia de Constitucionalidad28 de febrero de 2007Sala Plena

C-139 de 2007

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Guillermo Otalora Lozano

Tema · dato duro
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Código Penal
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Ineptitud sustantiva de la demanda
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 599 de 2000 articulo 203 (parcial) se expide el codigo penal.

Daños o agravios a personas o a cosas destinadas al culto.el demandante considera que la norma acusada vulnera los articulos 20 y 93 de la constitucion politica.requisitos de las demandas de inconstitucionalidad.

Los cargos de inconstitucionalidad deben ser claros ciertos especificos pertinentes y suficientes.los cargos formulados en la presente demanda carecen de la certeza necesaria para efectuar un estudio de contitucionalidad.

Los supuestos las conjeturas las presunciones las sospechas y las creencias del demandante respecto de la norma no pueden constituir un cargo cierto.inhibida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 599/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 203Ley 599/00 «de la expresión "… tales cultos…"»INHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución.
  2. RESUELVE
  3. 1. INHIBIRSE para proferir fallo de fondo respecto de la expresión "...tales cultos..."contenida en el artículo 203 de la ley 599 de 2000.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.