Micelio
Sentencia de Constitucionalidad22 de noviembre de 2005Sala Plena

C-1195 de 2005

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Alexander Diaz Umaña

Tema · dato duro
Acuerdo De Aceptacion De Imputacion. No Vulneración De La Presunción De Inocencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Aceptacion De Responsabilidad Penal
  • Garantías constitucionales que deben respetarse
Derecho A La Ultima Palabra Del Imputado O Acusado
  • Expresión del derecho de defensa
  • Alcance
Derecho De Defensa Del Imputado
  • Imposibilidad de retractarse de la aceptación de responsabilidad penal
Principio De Seguridad Juridica En Terminacion Anticipada De Proceso Penal
  • Imposibilidad de retractarse de la aceptación de responsabilidad penal
Aceptacion De Cargos En Sistema Penal Acusatorio
  • Facultad de renunciar a algunas garantías
Aceptacion De La Imputacion
  • Imposibilidad de retractarse
Acuerdo De Aceptacion De Imputacion
  • Aceptación por el juez de conocimiento
  • No vulneración de la presunción de inocencia
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Ausencia de concepto de vulneración
11 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 906 de 2004 articulo 293 (parcial).

Se expide el codigo de procedimiento penal.

Procedimiento en caso de aceptación de la imputación.

El demandante considera que la norma demandada quebranta los arts. 1 4 5 13 29 33 93 y 228 de la constitución el art. 8º de la convención americana sobre derechos humanos el art. 14 del pacto internacional de derechos civiles y políticos el art. 6 del convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y el principio 11 del conjunto de principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión.

Declaración de inhibición respecto de los cargos por violación de unos artículos de la constitución.

El art. 2º del decreto 2067 de 1991 consagra los requisitos de las demandas en las acciones públicas de inconstitucionalidad los cuales constituyen las condiciones mínimas para que la corte constitucional pueda ejercer su función general de guarda de la integridad y supremacía de la constitución.

Exequibilidad de las expresiones demandadas.

La ley 906 de 2004 consagra amplias garantías para que la aceptación de los cargos por propia iniciativa y los acuerdos celebrados con la fiscalía por parte del imputado o acusado sean voluntarios libres espontáneos informados y con la asistencia del defensor.

La garantía constitucional del derecho de defensa del imputado no puede traducirse en que la terminación anticipada del proceso en virtud de la aceptación de responsabilidad por parte de aquel con o sin acuerdo con la fiscalía quede condicionada a nuevas manifestaciones de voluntad del mismo de modo que la primera manifestación sería visiblemente precaria y a la postre el proceso no podría terminar anticipadamente eliminando así la entidad y la utilidad de dicho mecanismo que es esencial dentro del nuevo procedimiento y contrariando también el principio de seguridad jurídica de singular relevancia en un estado de derecho.

Inhibida y exequible

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 293Ley 906/04EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E:
  3. Primero. DECLARARSE INHIBIDA para decidir de fondo respecto de los cargos formulados contra la norma demandada por la presunta violación de los Arts. 1, 4, 5, 13, 33 y 228 de la Constitución.
  4. Segundo. DECLARAR EXEQUIBLES, por los cargos examinados en esta sentencia, las expresiones "procederá a aceptarlo" y "sin que a partir de entonces sea posible la retractación de alguno de los intervinientes" contenidas en el Art. 293 de la ley 906 de 2004.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.