C-056 de 2016
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Winston Saavedra Chacon·Demandado Ley 1753 De 2015
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inhibición por ineptitud sustantiva de la demanda
- Procesos de recobros, reclamaciones y reconocimiento y giro de recursos del aseguramiento en salud
- Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
- Requisitos mínimos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 73 (parcial) de la Ley 1753 de 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, “Todos por un nuevo país”.
Según el demandante, el enunciado acusado desconoce el principio de igualdad en sus dimensiones formal y material.
La Corte encontró que la demanda formulada no cumple con los requisitos de certeza, pertinencia y suficiencia y, en tal sentido, decidió declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1753/15. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato expreso de la Constitución
- RESUELVE
- Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la exequibilidad de la expresión "sin que haya lugar al reconocimiento de intereses moratorios por las solicitudes que se presenten bajo este mecanismo" contenida en el literal c) del artículo 73 de la Ley 1753 de 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.