A- de 2002
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Bernal Cuellar Jaime·Demandado Fiscalia 195
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Finalidades
- Notificación de tercero interesado
- Omisión de notificación de tercero interesado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se abstuvo de realizar la revisión de la sentencia de tutela dictada en el asunto de la referencia, dada la existencia de la causal de nulidad por indebida notificación, en consecuencia, se ordenó al Juzgado Primero Penal del Circuito de Bogotá, poner en conocimiento de los señores Jorge Londoño Saldarriaga y Federico Guillermo Ochoa Barrera, la nulidad a la que se ha hecho mención en la parte motiva de esta providencia para que se manifiesten al respecto.
Disponer que si los interesados no convalidan lo actuado el Juzgado de Instancia actúe como corresponde.
Para el efecto la Secretaría General de esta Corporación debe remitirle el expediente.
Se ordenó que esta providencia se notifique al accionante, a los accionados y a quienes mediante esta providencia han sido vinculados a la actuación.
Se suspenden los términos para fallar en el presente asunto hasta tanto se surta y analice el trámite ordenado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. ABSTENERSE de realizar la revisión de la sentencia de tutela dictada en el asunto de la referencia, dada la existencia de la causal de nulidad por indebida notificación.
- Segundo. ORDENAR al Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Bogotá, que, de conformidad con lo expuesto en el presente auto, ponga en conocimiento de los señores Jorge Londoño Saldarriaga y Federico Guillermo Ochoa Barrera, la nulidad a la que se ha hecho mención en la parte motiva de esta providencia para que se manifiesten al respecto.
- Tercero. DISPONER que si los interesados no convalidan lo actuado el Juzgado de Instancia actúe como corresponde. Para el efecto la Secretaría General de esta Corporación debe remitirle el expediente.
- Cuarto. ORDENAR que esta providencia se notifique al accionante, a los accionados y a quienes mediante esta providencia han sido vinculados a la actuación.
- Quinto. SUSPENDER los términos para fallar en el presente asunto hasta tanto se surta y analice el trámite ordenado.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.