A- de 2008
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Diego Armando Ramirez Millan En Nombre Propio Y Como Agente Oficioso De Walter Ernesto Rodriguez Vera Vs. C&p Ingenieria Ltda.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Nulidad de todo lo actuado por no haberse conformado en debida forma el contradictorio, en tanto no fue vinculada como parte la A.R.P. Seguro Social
- Accionante debe indicar cual es la autoridad o particular que ha provocado la vulneración de los derechos fundamentales
- Notificación de las providencias a las partes o intervinientes
- Notificación de providencias por el medio más expedito y eficaz
- Se dirigirá contra la autoridad pública o el representante legal del órgano que presuntamente violó o amenazó el derecho fundamental
- Nulidad absoluta de todo lo actuado cuando no se vincula en legal forma a los particulares o autoridades que tienen la calidad de partes
- Juez debe vincular a la parte o a tercero con interés legítimo en el resultado del proceso
- Debida integración del contradictorio por parte de los jueces de tutela
- Obligación de poner en marcha los medios más eficaces para la adecuada realización del debido proceso
- No es acto meramente formal ya que su fundamento es el debido proceso
- Deber de vincular a la A.R.P. Seguro Social como parte para el reconocimiento o no de prestaciones solicitadas por accidente de trabajo
- Juez debe velar por el cumplimiento de las garantías procesales como la integración del contradictorio
- Partes y terceros con interés deben ser llamados oportunamente para ejercer su derecho de defensa y contradicción
- Prestación de servicios asistenciales y reconocimiento de prestaciones económicas a todo afiliado que sufra un accidente de trabajo
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DECLARAR la nulidad de todo lo actuado dentro de la accion de tutela incoada por el senor Diego Armando Ramirez Millan, quien actua en nombre propio, y como agente oficioso de Walter Ernesto Rodriguez Vera, contra C & P Ingenieria Ltda, por no haberse conformado en debida forma el contradictorio, en tanto no fue vinculada como parte, la A.R.P. Seguro Social.
- SEGUNDO. Por la Secretaria General REMITASE el expediente de tutela al Juzgado
- Septimo. Civil Municipal de Cucuta, para que integre el contradictorio en debida forma y profiera la decision a que haya lugar, de conformidad con los parametros senalados en la parte motiva de esta providencia.
- TERCERO. Una vez surtido el tramite constitucional y legal, REMITASE el expediente de tutela a esta Corporacion para su eventual revision, en los terminos de los articulos 86 de la Constitucion Politica y 33 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.