Micelio
Auto28 de mayo de 2014

A- de 2014

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Sala De Seguimiento·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Seguimiento Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Derecho A La Salud Y A La Vida
  • Ordenar a Peritos Constitucionales Voluntarios responder interrogantes sobre cartas de derechos y deberes del afiliado y/o paciente y cartas de desempeño de las EPS e
  • Requerimiento a Superintendencia Nacional de Salud remitir reporte solicitado en ordinal noveno de parte resolutiva de auto A.264/12
  • Traslado a Peritos Constitucionales Voluntarios de informes allegados por el Ministerio y la Superintendencia Nacional de Salud sobre cartas de derechos y deberes del
Sentencia De La Corte Constitucional En Materia De Derecho A La Salud Y La Vida
  • Seguimiento al cumplimiento de la orden vigésima octava de la sentencia T-760/08
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se corre traslado de los reportes allegados por parte del Ministerio y la Superintendencia de Salud a los autos A264/12 y 079/14 a los Peritos Constitucionales Voluntarios, para que manifiesten la apreciación técnica de dicha información y se pueda determinar la efectividad de las medidas desarrolladas.

Igualmente, se hace un requerimiento de información a la Superintendencia Nacional de Salud.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. Ordenar a las entidades que se enuncian en la consideracion numero 6 de esta providencia que, dentro del termino de diez (10) dias habiles, contados a partir del envio por correo electronico de los informes presentados por el Ministerio y la Superintendencia de Salud, respondan los interrogantes contenidos en el numeral 7o de este auto y presenten las demas observaciones que consideren pertinentes.
  2. Segundo. Requerir a la Superintendencia Nacional de Salud para que, dentro del termino de cinco (5) dias habiles contados a partir del recibo de la comunicacion, presente el informe a que refiere el numeral 10o de la parte motiva de esta providencia.
  3. Tercero. Proceda la Secretaria General de esta Corporacion a librar las comunicaciones correspondientes, acompanando copia integral de este proveido.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.