A- de 2010
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Sin Información·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Solicitar a la Contraloría General de la República, departamentales, distritales y municipales informe auditorías al Sistema de Seguridad Social en Salud del Régimen Subsidiad
- Solicitar al Ministerio de la Protección Social informe sobre impacto económico de decretos de emergencia social, recaudo e inversión de recursos en seguimiento de sentencia T
- Solicitar al Ministerio de la Protección Social y Fosyga informe sobre recursos del Régimen Subsidiado y contrataciones del outsourcing en sistemas de gestión documental en se
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Mediante el presente auto se realiza seguimiento al cumplimiento de la orden vigésima cuarta impartida en la sentencia de la referencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. Por la Secretaría General de esta Corporación, SOLICITAR al Ministerio de la Protección Social y al administrador fiduciario del Fosyga que en el término de diez (10) días, conjuntamente, informen a esta Sala los avances generados con respecto a cada una de las solicitudes contenidas en el auto de 13 de julio de 2009 de seguimiento a la orden vigésimo cuarta. De manera especial, estas Entidades deben informar las condiciones actuales del flujo de recursos del Régimen Subsidiado, la suficiencia o no de los recursos adicionales entregados a los entes territoriales para la atención de la población pobre y vulnerable en lo no cubierto con subsidios a la demanda y los resultados de la implementación de los nuevos mecanismos de seguimiento a los recursos del Sistema en Régimen Subsidiado. Además, deberá presentar un informe detallado de las contrataciones del outsourcing especializado en sistemas de gestión documental y de la firma de auditoría adicional, indicando claramente el objeto de los contratos, su lugar de ejecución y los resultados obtenidos hasta la fecha.
- SEGUNDO. A través de Secretaría General, REQUERIR al Ministerio de la Protección Social para que en el término de diez (10) días, especifique a esta Sala qué trámite y respuesta le dio a las solicitudes presentadas por Gestarsalud mediante los oficios radicados en dicho Ministerio los días 20 y 25 de noviembre de 2009 y 4 de mayo de 2010.
- TERCERO. Por la Secretaría General de esta Corporación SOLICITAR al Ministerio de la Protección Social que en el término de veinte (20) días, informe a esta Sala cuál fue el impacto económico de los decretos expedidos en virtud de la declaratoria de emergencia social y cómo fueron invertidos los recursos recaudados, especialmente los mencionados en el Decreto 4976 de 2009 y 130 de 2010. Igualmente, deberá informar cuánto se está recaudando con la aplicación de los Decretos 127 y 134 de 2010, y cómo y con qué criterios se han estado invirtiendo estos recursos.
- CUARTO. Por Secretaría General de esta Corporación, SOLICITAR a la Contraloría General de la República que, en coordinación con las contralorías departamentales, distritales y municipales, en el término de treinta (30) días informe a esta Sala: (i) qué irregularidades, abusos, anomalías o defectos ha detectado en las auditorías realizadas a los diferentes actores del Sistema de Seguridad Social en Salud del Régimen Subsidiado en cuanto al manejo y flujo de recursos del mismo; (ii) cuál es el monto, causa y origen de la deuda que actualmente soporta cada uno de los prestadores del servicio de salud dentro del mismo Régimen, tanto por la prestación de servicios POS, como de servicios no POS y (iii) qué medidas ha tomado para castigar y prevenir dichas situaciones. Además, debe informar si aún existen departamentos y municipios que no han liquidado los contratos firmados como consecuencia de la operación del Régimen Subsidiado, según lo ordenado por el artículo 17 de la Ley 1122 de 2007.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.