A- de 2014
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Sebastian Escobar Uribe Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Derecho político de todo ciudadano
- Carácter técnico procesal
- Aplicación del principio pro actione
- Rechazar recurso de súplica por falta de especificidad y pertinencia
- Recurso de súplica
- Requisitos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica contra el auto del 8 de abril de 2014, mediante el cual el magistrado Jorge Iván Palacio Palacio rechazó la demanda de la referencia, por no haber procedido los accionantes a corregir la demanda en los términos indicados en el auto de inadmisión.
La Sala Plena encuentra que los demandantes no aportaron ninguna razón de la cual se pudiera desprender que la normatividad demandada tenía el efecto jurídico por ellos pretendidos, como tampoco plantearon con especificidad y pertinencia una contradicción entre lo acusado y los preceptos constitucionales que consideraron infringidos.
Se CONFIRMA el auto recurrido.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- CONFIRMAR el auto de abril 8 de 2014, mediante el cual fue rechazada por el Magistrado sustanciador la demanda de inconstitucionalidad presentada en este asunto por los ciudadanos Sebastian Escobar Uribe, Maria del Pilar Gutierrez Perilla y Angie Fernandez Gomez, contra la Ley 1695 de 2013.
- En firme este auto, contra el cual no procede recurso alguno, archivese el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.