Micelio
Auto21 de julio de 2004

A- de 2004

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Carlos Felipe Castrillion

Tema · dato duro
Recurso De Suplica Contra Auto Del 10-06-04 De Rechazo De La Demanda Proferido Por El Magistrado Rodrigo Uprimny Yepes.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se confirmó el auto suplicado por el cual se rechazó la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el ciudadano de la referencia contra la expresión “decisiones” contenida en el Art. 1º (parcial) en la parte correspondiente al Art.

VIII (parcial), de la Ley 20 de 1974 “Por la cual se aprueba El Concordato y Protocolo Final entre la República de Colombia y la Santa Sede, suscrito en Bogotá el 12 de julio de 1973”.

Esta Corporación en diferentes providencias ha manifestado que cuando la Corte no determine los efectos de sus sentencias, éstas harán tránsito a cosa juzgada absoluta, pues ha de concluirse que las normas acusadas se confrontaron con todo el ordenamiento constitucional.

Esta formulación se instaura como regla general en la materia y significa que, no es posible que las normas acusadas, habiendo sido analizadas por la Corte puedan ser objeto de un nuevo pronunciamiento, bien sea que se expongan argumentos similares a los que dieron lugar a su definición, o que se trate de fundamentos diversos.

De esta manera la cosa juzgada absoluta impide entonces interponer, con posterioridad a la sentencia, nuevas demandas de inconstitucionalidad contra las normas que han sido objeto de análisis, mientras subsistan las disposiciones constitucionales que fundamentaron esa decisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. En merito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,
  2. RESUELVE:
  3. CONFIRMAR el auto suplicado del 10 de junio de 2004, por el cual se rechazo la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el ciudadano Carlos Felipe Castrillon Munoz, contra la expresion "decisiones" contenida en el articulo 1o (parcial) en la parte correspondiente al articulo VIII (parcial), de la Ley 20 de 1974 "Por la cual se aprueba El Concordato y Protocolo Final entre la Republica de Colombia y la Santa Sede, suscrito en Bogota el 12 de julio de 1973."
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.