Micelio
Auto13 de noviembre de 1998

A- de 1998

Ponente Antonio Barrera Carbonell

Demandante Alvarez Quintero Jose Del Carmen·Demandado Juzgado 4 Civil Municipal De Valledupar

Tema · dato duro
Der. A La Impugnacion.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se ordenó poner en conocimiento a una de las partes afectadas por intermedio del Tribunal sobre la nulidad saneable derivada de no habérsele notificado la iniciación de la presente acción de tutela.

Lo anterior, consideró la Corte que esa omisión al Código de Procedimiento Civil.

En consecuencia, agotado el procedimiento anterior, remítase nuevamente el expediente a esta Corporación, para su eventual revisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. PONER EN CONOCIMIENTO del ciudadano Pedro Jose Mancilla, demandante dentro del proceso de restitucion de inmueble arrendado iniciado en contra de Vidermina Alvarez Carrillo, por intermedio de la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Valledupar, la nulidad saneable derivada de no habersele notificado la iniciacion de la presente accion de tutela, advirtiendole que si la alega dentro de los tres (3) dias siguientes a la notificacion de este auto, se declarara la nulidad de lo actuado a partir del auto admisorio y se tramitara nuevamente la tutela, con plena observancia de las garantias propias del debido proceso. Si no la alega, la nulidad quedara saneada y el proceso continuara su curso.
  2. Segundo. Agotado el procedimiento al que se refiere el numeral anterior, remitase nuevamente el expediente a esta Corporacion, para su eventual revision.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.