Micelio
Auto28 de abril de 1998

A- de 1998

Ponente Carmenza Isaza de Goméz

Demandante Juan Carlos Martinez De Leon

Tema · dato duro
Incidente De Desacato De La Sentencia Su.477/97.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Incidente De Desacato
  • Juez competente
  • Incompetencia de la Corte Constitucional
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se denegó la solicitud del accionante, en razón a la incompetencia de la Corte Constitucional para conocer y tramitar el incidente de desacato de la referencia.

Toda vez que la Corporación indicó que la competencia para conocer de los incidentes de desacato relacionados con los fallos proferidos por los jueces, en sede de tutela, radica en el juez que conoció de esta acción en primera instancia o, en segunda instancia, si en ésta se dictó la orden que se ha incumplido.

Como consecuencia de lo expuesto, se devolvió el escrito y sus anexos al actor para que, si lo estima pertinente, lo trámite ante el funcionario competente, que en este caso, es el Tribunal que lo conoció en primera instancia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DENIEGASE la solicitud del senor Juan Carlos Martinez de Leon, en razon a la incompetencia de la Corte Constitucional para conocer y tramitar el incidente de la referencia.
  2. Segundo. En consecuencia, por Secretaria General DEVUELVANSE al senor Juan Carlos Martinez de Leon, la solicitud de la referencia y sus anexos, para que, si lo estima pertinente, lo tramite ante el funcionario competente. En este caso, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, Sala Civil.
  3. Comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.