DecretoDerogado
Decreto 2656 de 1998
por medio del cual se modifica el artículo 3° del Decreto 2347 de 1995.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Artículo 3° Del Decreto 2347 De 1995, Quedará Así: “artículo 3°2Vencido Un Plazo De Tres Años Contados A Partir De La Entrada En Vigencia De Este Decreto, La Reserva A Que Se Refiere El Artículo Anterior Se Sujetará Al Régimen General Previsto Por El Artículo 7° Del Decreto 839 De 19913Vigencia Y Derogatoria
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y constitucionales, en especial las que le conceden los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 48 literal e), 186 y 187 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero
- Juan Mario Laserna JaramilloEl Viceministro General de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado