DecretoVigente
Decreto 4016 de 2004
por el cual se reforma la Comisión Nacional de Cooperación con la Unesco.
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12La Sede De La Comisión Nacional De Cooperación Con La Unesco Es El Ministerio De Relaciones Exteriores3Artículo 34Son Funciones De La Comisión Nacional De Cooperación Con La Unesco: Articular Las Relaciones Del Gobierno Nacional Con La Unesco, En Todos Los Aspectos Políticos, Técnicos Y De Cooperación; De Enlace, Consulta Planificación, Ejecución Y Seguimiento; Información Y Evaluación De Resultados Que Serán Presentados Anualmente A La Presidencia De La Comisión Nacional5Artículo 56La Comisión Podrá Crear Los Órganos Que Considere Necesarios Para El Cumplimiento De Su Misión Y Darse Su Propio Reglamento7Artículo 78Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Los Decretos 1161 De 1985 Y 2070 De 1999
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Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultados legales, en especial la conferida en el artículo 45 de la Ley 489 de 1998, y
- Jaime Girón DuarteEl Viceministro de Asuntos Multilaterales, encargado de las funciones del despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores · encargado
- Cecilia María Vélez WhiteLa Ministra de Educación Nacional