DecretoVigente
Decreto 3990 de 2010
por el cual se traslada al régimen de importación de licencia previa y se armoniza para exportaciones e importaciones un listado de bienes controlados por la Dirección Nacional de Estupefacientes.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Productos Clasificados Por Las Subpartidas Arancelarias Que A Continuación Se Indican, Serán Del Régimen De Importación De Licencia Previa: 26022Artículo 23Se Excluyen De La Aplicación Del Régimen De Importación Establecido En El Artículo 1° Del Presente Decreto, Aquellas Mercancías Que Se Embarquen Con Anterioridad A La Fecha De Entrada En Vigencia De Esta Norma, Siempre Y Cuando Sean Nacionalizadas Dentro De Los 30 Días Siguientes A La Fecha De Entrada En Vigencia De Este Decreto4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Decreto 1097 De Abril 13 De 2004
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, previo concepto del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y
- Germán Vargas LlerasEl Ministro del Interior y de Justicia
- Juan Carlos Echeverry GarzónEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Sergio Diazgranados GuidaEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo