DecretoVigencia En Estudio
Decreto 1807 de 1985
Por el cual se dictan medidas sobre competencia en materia penal.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Mientras Subsista Turbado El Orden Público Y En Estado De Sitio El Territorio Nacional, Los Jueces De Instrucción Criminal De Que Trata El Decreto 2829 De 1984, Conservarán La Competencia Para Investigar Y Fallar Los Delitos De Secuestro Extorsivo Y Extorsión Previstos En Los Artículos 268 Y 355 Del Código Penal Y Conexos Con Ellos, Sin Perjuicio De La Competencia Que Respecto De Tales Delitos Tienen Los Jueces Especializados Cuya Designación Fue Autorizada Por El Decreto 1806 De 19852º Mientras Subsista Turbado El Orden Público Y En Estado De Sitio El Territorio Nacional, Los Procesos Por Los Delitos De Secuestro Extorsivo, Extorsión Y Terrorismo Y Conexos Con Éstos De Que Vienen Conociendo Los Jueces De Instrucción Y De Circuito, Conforme A Lo Previsto En El Artículo 30 De La Ley 2º De 1984, Continuarán A Cargo De Dichos Funcionarios3º En Los Distritos Judiciales En Los Cuales Actúen Los Jueces De Que Trata El Decreto 2829 De 1984 Y Los Jueces Especializados A Que Se Refiere El Decreto 1806 De 1985, Las Denuncias Por Los Delitos De Secuestro Extorsivo Y Extorsión Que Se Formulen A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto Serán Repartidas Entre Ellos Conforme A Las Disposiciones Vigentes En Materia De Reparto4º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Suspende Las Normas Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional y en desarrollo del Decreto 1038 del 1º de mayo de 1984
- Jaime CastroEl Ministro de Gobierno
- Augusto Ramírez OcampoEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Enrique Parejo GonzálezEl Ministro de Justicia
- María Mercedes Cuellar De MartínezLa Ministra de Hacienda y Crédito Público (E)
- General Miguel Vega UribeEl Ministro de Defensa Nacional
- Cecilia López De RodríguezLa Ministra de Agricultura (E)
- Gustavo Castro GuerreroEl Ministro de Desarrollo Económico
- Iván Duque EscobarEl Ministro de Minas y Energía
- Doris Eder De ZambranoLa Ministra de Educación Nacional
- Martha Fernández De SotoLa Ministra de Trabajo y Seguridad Social (E)
- Rafael De Zubiria GómezEl Ministro de Salud
- Noemí Sanin PosadaLa Ministra de Comunicaciones
- Rodolfo Segovia SalasEl Ministro de Obras Públicas y Transporte